Sindicatos

Ya hay nueva ley de transparencia; obliga a partidos y sindicatos a transparentar recursos

El dictamen de la Ley General de Transparencia fue aprobado en lo general y lo particular por los diputados con 264 votos a favor, 68 en contra y una abstención, por lo que ahora pasa al Ejecutivo para su publicación.
Según los legisladores, quienes aprobaron el dictamen exactamente igual a como lo pasaron los senadores, esta ley “establece los principios y reglas para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad”.

Diputados del PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Morena presentaron 36 reservas a diversos artículos del dictamen, pero ninguna fue aprobada.

Con esta ley, partidos políticos, sindicatos y cualquier organismo que reciba recursos públicos deberá transparentar cómo los utilizan; los legisladores deberán hacer públicos los montos de sus dietas, prestaciones, comisiones, etcétera; no se podrá reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos; y se creará el Sistema Nacional de Transparencia.

Lo que contempla la ley:

  • Obliga a todos los órganos autónomos, dependencias, sindicatos y partidos políticos a rendir cuentas y transparentar toda la información relativa a los recursos públicos que manejan.
  • Los senadores, diputados federales y locales estarán obligados a informar las remuneraciones completas que reciben, sus dietas, bonos, ingresos, compensaciones, prestaciones, gratificaciones, primas y comisiones.

Son sujetos obligados a esta ley cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

Asimismo, cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios.

  • Será imposible reservar información cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
  • Establecimiento de sanciones a servidores públicos cuando declaren “con dolo o negligencia” la inexistencia de la información o cuando la reserven sin prueba de daño. Se establecen multas hasta de mil 500 salarios mínimos vigentes en la zona geográfica de que se trate a quien se niegue a hacer pública la información solicitada.
  • Se clasifica como reservada la información cuya divulgación represente un riesgo en materia de seguridad nacional o a las políticas monetarias y financieras del país.

fuente:animal politico