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Sindicaturas en Chihuahua siguen a cargo de la inspección y vigilancia del patrimonio municipal: SCJN

El día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de los artículos 142bis, 170, fracción IV y 178, fracción III de la Constitución Política del Estado de Chihuahua.
El principal resultado de esta determinación por parte del máximo órgano de justicia del país quita a las Sindicaturas las facultades que tienen los Órganos Internos de Control, entre las cuales destacan la investigación, substanciación y sanción de posibles faltas administrativas; tareas y responsabilidades que en la práctica NO ejercía ninguna Sindicatura del estado.
Y es que el trabajo de las Sindicaturas en Chihuahua siempre estuvo enfocado en las competencias que les asigna el Código Municipal para el Estado de Chihuahua en materia de inspección y vigilancia del patrimonio municipal, que marcan los artículos 30, 36A y 36B de este código.
La Sindicatura de Chihuahua respetará y acatará las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y seguirá cumpliendo con el importante compromiso de mejorar la transparencia, la rendición de cuentas y el combate a la corrupción en el municipio.
El esquema de trabajo en la Sindicatura encabezada por Amin Anchondo seguirá siendo revisar el trabajo de la administración municipal, detectar posibles áreas de oportunidad y denunciar, de ser el caso, posibles faltas administrativas ante el Ayuntamiento, la Auditoría Superior del Estado y el Órgano Interno de Control.
Es de suma importancia reconocer que las Sindicaturas en el estado de Chihuahua han sido ejemplo y símbolo de vigilancia de los recursos municipales, siendo un real contrapeso a las administraciones, dada la importante legitimidad que les da ser electas directamente por la ciudadanía.
El fortalecimiento de las Sindicaturas y un marco normativo que facilite la vigilancia de los municipios es y seguirá siendo un reto para el quehacer político y administrativo de nuestra entidad.