Educación

Preescolar, obligatorio para ingresar a Primaria

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Con el firme objetivo de lograr un desarrollo integral desde temprana edad, la Secretaría de Educación y Deporte (SED), exhorta a las madres, padres de familia y sociedad en general, a inscribir en primer grado de preescolar a las niñas y niños con tres años cumplidos al 31 de diciembre de 2018, esto es, nacidos en el año 2015.

Lo anterior, toda vez que del 13 al 15 de febrero de 2018, se estará llevando a cabo el proceso correspondiente para que las y los niños den comienzo a su etapa escolar, a través del kínder.

La directora de Educación Básica de la SED, Maria Vianney Acosta Rey, comentó que es de suma importancia que los padres de familia desde temprana edad envíen a sus hijos a clases, toda vez que se impulsa desde corta edad no solamente el conocimiento, sino también una integración con la sociedad.

“No solamente se fortalece el conocimiento cognitivo, sino también se logra una integración con otros menores, lo que definitivamente ayuda y favorece a las habilidades socioemocionales, ya que aprender a convivir, desarrollar y fortalecer sus competencias lingüísticas”, dijo la funcionaria estatal,

Agregó que es entendible que muchas ocasiones las madres y padres tienen temor de inscribir a sus hijas o hijos desde primer nivel de preescolar, debido a su corta edad, pero garantizó que la Secretaría de Educación y Deporte cuenta con infraestructura, docentes y toda una preparación para brindar un servicio de calidad y seguro.

De acuerdo con lo estipulado a nivel nacional, los tres años del preescolar son obligatorios, motivo por el cual la dependencia insta a que las familias inscriban a sus menores con tres años cumplidos en dicho nivel.

DOCUMENTACIÓN Y CRITERIOS PARA INSCRIPCIÓN A EDUCACIÓN PREESCOLAR

A) CRITERIOS

Ø Del 13 al 15 de febrero de 2018, serán inscritos, para primer grado, los niños(as) con tres años cumplidos al 31 de diciembre de 2018, esto es, nacidos en el año 2015.

• Los aspirantes de nuevo ingreso serán inscritos dando prioridad al orden indicado en los siguientes criterios:

1. Si el aspirante presenta Necesidades Educativas Especiales y/o Aptitudes Sobresalientes.

2. Si el solicitante tiene hermanos inscritos en la escuela, de primer a tercer grado.

3. Si el solicitante reside en el área de influencia de la escuela.

4. Si el padre o la madre labora en dicha área de influencia.

5. Si después de aplicar estos criterios, hubiere cupo en el jardín de niños, serán inscritos todos los solicitantes que cumplan con la edad requerida, según el grado a cursar, esto, hasta agotar los espacios disponibles.

En caso de tratarse de hermanos(as) de nuevo ingreso, el (la) director(a) registrará en el sistema al primero(a) y posteriormente los datos del segundo(a), señalando que tiene hermanos(as) preinscritos de nuevo ingreso, con el propósito de que queden inscritos en el mismo turno. Lo anterior previa verificación.

• Si la demanda de niños resulta mayor que la oferta del jardín de niños, el (la) director(a) deberá efectuar las siguientes acciones:

Ø Inicialmente, se le propondrá al padre, madre o tutor(a) el jardín de niños con el cual se comparte edificio en contra turno.

Ø Orientar a los padres de familia sobre la posibilidad de que su hijo(a) pueda ser inscrito(a) en algún jardín de niños del área de influencia con espacios disponibles, ya sea en turno matutino o vespertino. Y en caso de no contar con dicha información deberá asistirse en MARCAGOB (70).

Ø En caso de no existir lugares vacantes en el área de influencia, deberá elaborar un censo con los aspirantes a primero, segundo y/o tercer grado. Debe informarse al solicitante que el ser censado(a) no garantiza la apertura del grupo en la escuela.

B) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Los documentos que el padre, la madre o tutor(a) debe presentar a la escuela se enlistan a continuación:

• Acta de Nacimiento (original y copia)

• CURP (copia)

• Cartilla Nacional de Salud (original y copia).

• Comprobante de domicilio (original y copia).

• Identificación oficial del padre, madre o tutoría (original y copia).

• En el caso de los(as) niños(as) con Necesidades Educativas Especiales y/o Aptitudes Sobresalientes presentar diagnóstico (médico, psicológico y/o educativo) emitido por una institución oficial.