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El Diputado Alvarez Monje rechaza el proyecto de “Reforma Política para el Estado de Chihuahua”

Con el respeto que se merece esta Legislatura, el suscrito no comparte la decisión mayoritaria por la que se rechaza el proyecto de “Reforma Política para el Estado de Chihuahua”.

En mi concepto, con el rechazo de este proyecto de reforma política se cancela la posibilidad de que los ciudadanos recuperen la centralidad en la toma de decisiones, considerando que son ellos los titulares de la soberanía que se deposita en esta Legislatura.

Es decir, se niega a la ciudadanía la generación de reformas legales que permitan el desarrollo de nuestra democracia, la cual debe estar cimentada en una mayor participación ciudadana y la consolidación de los partidos como entidades de interés público, entendidos como bienes públicos, representativos y democráticos.

Con la negativa expresada por la mayoría, no sólo se rechaza la implementación de las elecciones primarias en nuestra entidad como un mecanismo para que los ciudadanos elijan de manera directa a sus candidatos para las elecciones de Gobernador y Presidentes Municipales. Sino también se coarta la posibilidad de que se avance en las siguientes temáticas:

· La democratización del orden municipal mediante la elección directa de los regidores.

· La generación de ahorros mediante la reducción del número de regidores

· La generación de ahorros mediante la reducción del número de magistrados electorales

· La consolidación de una agenda de género, para erradicar la violencia política contra las mujeres

Situación que no debe ser pasada por alto, más si se toma en cuenta que en el contexto actual el descrédito de la clase política y la crisis de legitimidad de la institucionalidad democrática, son la moneda de cambio de una ciudadanía que manifiesta su descontento y su desconfianza hacia sus representantes.

Esta crisis de legitimidad y falta de vinculación entre los partidos políticos y los ciudadanos, no pasa por un mero discurso, sino que se encuentra soportada por datos que reflejan, según el informe dado por el Latinobarómetro durante el año 2018 que, únicamente, el 11% de la población manifiesta confianza en los partidos políticos.

En el mismo sentido, la “Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental”, realizada por el INEGI en los años 2017 y 2019, ha registrado que sólo el 17.8% y el 24.6% de los encuestados, respectivamente, identifican a los partidos políticos como instituciones que generan confianza.

De ahí que esta reforma política y, en especial, la propuesta de elecciones primarias para nuestro estado, se inserta en una agenda que no busca el beneficio personal, ni de unos cuantos, sino que responde a un compromiso de democratizar y ciudadanizar los procesos de selección de candidatos a Gobernador y Presidentes Municipales, para que sean los ciudadanos quienes los elijan directamente mediante su voto.

Esto, con el objetivo de revalorizar el carácter de los partidos políticos como entidades de interés público al servicio de los ciudadanos, donde la centralidad en la toma de decisiones de la ciudadanía resulta crucial. En consecuencia, he ahí la motivación e importancia de promover la presente iniciativa de elecciones primarias en nuestra entidad federativa y, en contraste, lamentablemente ha sido rechazada por esta soberanía.

Por ende, con el rechazo mayoritario de esta Legislatura, se dilapida la oportunidad encontrar el punto de equilibrio adecuado entre los principios de representatividad, vida interna de los partidos políticos y de gobernabilidad.

De tal modo, contrariamente a lo sostenido por la mayoría, se refrenda que la apertura hacia el electorado en general, propuesta por la celebración de las elecciones primarias, no afecta la autodeterminación de los partidos políticos, la cual se encuentra reconocida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 41, base 1, párrafo tercero y artículo 116, fracción IV, inciso f), así como en el artículo 27 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua.

Máxime cuando según razonamientos expresados por el propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se entiende que los partidos políticos no sólo actúan como poleas de transmisión para que los ciudadanos accedan al poder público, sino también constituyen un instrumento en beneficio de la ciudadanía, motivo por el cual se ha sostenido que los institutos políticos “(… )no son un fin en sí mismo que se abstraiga de quienes finalmente lo conforman: las y los ciudadanos. (…)”, tal como se ha razonado en el recurso de reconsideración SUP-REC-1086/2015

De ahí que, siguiendo este precedente, dentro de las finalidades constitucionales de los partidos políticos, entendidos como entidades de interés público se ha establecido que los mismos “(…) están obligados a regir sus actividades por el principio de juridicidad y los principios del Estado democrático no sólo por mandato legal sino también por razones de congruencia con el régimen político en el que son actores fundamentales de conformidad con su encuadre constitucional. (…)”

Puntualizando en el caso concreto que los institutos políticos no deberán entenderse como entidades alejadas de la realidad, regulados únicamente por criterios de una simple democracia procedimental, sino también tienen la obligación de guardar congruencia con el régimen político en el que se inscriben, el cual en el actual contexto político reclama un cierre de la brecha entre los partidos políticos y los ciudadanos como un antídoto para superar una crisis de legitimidad que nos aqueja.

Y, no sólo eso, sino también se debe evitar el erróneo entendimiento de los principios de auto-conformación y auto-determinación de los partidos políticos, en aras de desterrar aquellas prácticas que buscan su secuestro.

Es así que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su sentencia recaída a la acción de inconstitucionalidad 85/2009, ha reconocido que los principios de auto-conformación y auto-determinación de los partidos políticos no constituye una garantía institucional ilimitada, sino por lo contrario puede darse su modulación siempre y cuando esta provenga de un mandato en la ley, hecho que se hizo patente mediante la presentación del proyecto de reforma política que ha sido rechazado por la mayoría.