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PIDE CRYSTAL TOVAR INSTITUCIONALIZAR PÁGINA DE REGISTRO DE PERSONAS DESAPARECIDAS

A fin de dar respuesta a la sentencia emitida en contra de México por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Diputada Crystal Tovar Aragón, representante del PRD en el Congreso del Estado, presentó iniciativa de Decreto que busca crear el sistema de Información Personal de Mujeres, Jóvenes y Niñas que desaparecieron en Chihuahua desde 1993 y que continúan ausentes.

“Dicha página electrónica deberá permitir que cualquier individuo se comunique por cualquier medio con las autoridades, inclusive de manera anónima, a efectos de proporcionar información relevante sobre el

paradero de la mujer o niña desaparecida o, en su caso, de sus restos”, aclaró.

En este sentido, la legisladora local fue clara en señalar que aún y cuando la página http://fiscalia.chihuahua.gob.mx/reporteextraviomujeres.htm, fue creada en el año 2015, se encuentra desactualizada pues la información que reporta es del año 2012 y no incluye todos los parámetros exigidos en la sentencia, ya que la posibilidad de comunicación por cualquier medio con las autoridades, inclusive de manera anónima, está disponible en otro medio electrónico, no vinculado con dicha página.

“Es por ello que después de un estudio legislativo, creemos que es necesario sustentar las obligaciones derivadas de la sentencia a través de un decreto que garantice la permanencia legal del trabajo electrónico en materia del cumplimiento de esta disposición internacional para el Estado”, acotó.

Cabe mencionar que la iniciativa de Decreto fue presentada por las integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento de Feminicidios en Chihuahua, legisladoras Leticia Ortega, Blanca Gámez, Rocío Gisel Sáenz, Martha Rea y Pérez, así como por la diputada Crystal Tovar Aragón , y se compone básicamente de cuatro artículos y un transitorio, que determinan: la autoridad responsable de dicha página electrónica, el contenido de la misma, la obligación de mantenerla actualizada y la sanción a las que se incurrirían de no aplicarse el decreto.

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO. Se crea el sistema de información personal necesaria de todas las mujeres, jóvenes y niñas que desaparecieron en Chihuahua desde 1993 y que continúan ausentes.

ARTÍCULO SEGUNDO. El sistema estará a cargo de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, quien deberán disponer para su consulta dicha información a través de una página electrónica especial y diferenciada de otros registros que:

a) Incluya la información personal de todas las mujeres, jóvenes y niñas ausentes desde 1993.

b) Permita que cualquier individuo se comunique por cualquier medio con las autoridades, inclusive de manera anónima, a efectos de proporcionar información relevante sobre el paradero de la mujer o niña desaparecida o, en su caso, de sus restos.

ARTÍCULO TERCERO. La Fiscalía General del Estado actualizará permanentemente la información contenida en la página electrónica.

ARTÍCULO CUARTO. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será sancionado de conformidad por lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

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