Tras la denuncia interpuesta por la empresa Woolfolk de México S.A. de C.V. por el delito de fraude procesal contra cinco abogados laboralistas de Chihuahua, una juez de control dictó un Auto de No Vinculación a No Proceso a los litigantes por falta de elementos suficientes para demostrar el delito del que se les acusaba.
Los abogados Fernando Alonso Loya Beltrán, Christian Eduardo Inzunza Chacón, Félix Alberto Muñoz Lozoya, Antonio Juan Martin Rodríguez y Luis De Pablo Loya fueron exonerados debido a que el Ministerio Público no pudo aportar pruebas que los vincularan con el supuesto fraude procesal y falsedad ante la autoridad.
La juez de control Martha Elvira Holguín consideró que los elementos aportados ni siquiera demostraban una comisión de los delitos y manifestó durante el juicio que no es la primera vez que ocurren este tipo de litigios promovidos por un patrón que al verse perdido en un juicio laboral, acude a las instancias penales para presionar a los demandantes para que desistan de sus pretensiones laborales.
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